Posible recuperación para no residentes del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones satisfechos en herencias y donaciones
La aplicación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (en adelante ISD) presenta una serie de dificultades que radican, principalmente, en determinar la legislación aplicable en cada transmisión mortis causa.
En efecto, al ser un impuesto cuyo desarrollo legislativo depende tanto del como de las Comunidades Autónomas (CCAA) en lo que respecta, entre otras cuestiones, a las reducciones y bonificaciones aplicables a la cuota del impuesto, existe un tratamiento diferenciado en función de la residencia del causante.
Sin entrar en un análisis personalizado de las distintas normativas entre CCAA, es preciso señalar que, a grandes rasgos, dicha situación puede conllevar unas diferencias de tributación manifiestas.
Además, en el supuesto en el que causante tenga su domicilio fiscal fuera de territorio español, a la herencia le resultará aplicable la regulación estatal que, en general, es más gravosa que cualquiera de las autonómicas.
Al respecto, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado una sentencia de obligado cumplimiento para España considerado que el régimen actual no se adecúa a la normativa europea al ser contrario a uno de los principios básicos de la UE como es la libertad de movimiento de capitales. Por ello, el Estado deberá adaptar la regulación aplicable a residentes en la Unión Europea que deberá ser equiparable a la de residentes en España.
En consecuencia, es recomendable revisar todas aquellas operaciones sujetas al ISD en que el trato fiscal recibido por el sujeto pasivo obligado al pago haya sido discriminatorio con respecto al régimen aplicable a un residente fiscal en España.
Recordar que en general, el plazo para solicitar la devolución de ingresos indebidos por el pago en exceso de cuotas es de 4 años pero que, de haber transcurrido este plazo podría instarse una reclamación por responsabilidad patrimonial del Estado en el plazo de 1 año desde la publicación de la sentencia aludida.