Nuevas Medidas Urgentes aplicables en 2020
El Real Decreto-ley 34/2020, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético, y en materia tributaria, que ha entrado en vigor el 19 de noviembre establece una serie de medidas para paliar la actual situación.
La norma aprobada recoge numerosas e importantes medidas para la adecuación de la normativa interna a la de la Unión Europea en concesión de avales públicos, ampliación del plazo de determinadas deudas avaladas públicamente o ampliación del plazo por el que se suspende el deber de solicitar la declaración de concurso. También incluye otras modificaciones como permitir que las sociedades de capital puedan celebrar sus juntas por medios telemáticos sin necesidad de modificar sus estatutos y medidas del sector energético para adaptarse a la normativa europea.
Por su parte, las medidas tributarias que recoge la norma y merecen especial interés son las siguientes:
- En relación al Impuesto sobre Sociedades se efectúan las modificaciones que afectan a:
- Deducción por inversiones en producciones extranjeras de largometrajes cinematográficos o de obras audiovisuales: Se incorpora la fase de producción para la aplicación del incentivo en las producciones de animación y se mantiene la aplicación de este incentivo a la ejecución en España de la parte de las producciones internacionales relacionada con los efectos visuales, siempre que el importe de dicha deducción no supere la cuantía establecida por la Unión Europea a las ayudas de minimis.
- Libertad de amortización en inversiones realizadas en la cadena de valor de movilidad eléctrica, sostenible y conectada al Marco nacional temporal relativo a las medidas de ayuda destinadas a respaldar la economía en el contexto del actual brote de COVID-19: El incentivo se aplicará a las inversiones en determinados elementos nuevos de inmovilizado material y que entren en funcionamiento en los períodos impositivos que concluyan entre el 2 de abril de 2020 y el 30 de junio de 2021.
- Deducción en innovación en procesos en la cadena de valor de la industria del automóvil: La norma establece la modificación de una serie de incentivos fiscales al sector del automóvil para adecuarlos al Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, modifica la deducción por innovación e introduce diferentes tipos de deducción en función de la dimensión de la empresa (50% para Pymes y 15% para otras).
- En el IVA se regulan las modificaciones relacionadas con el COVID-19 siguientes:
- Tipo 0%: Se amplía hasta el 30 de abril de 2021 la aplicación de un tipo del 0% del Impuesto sobre el Valor Añadido a las entregas interiores, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de material sanitario para combatir la COVID-19, cuyos destinatarios sean entidades públicas, sin ánimo de lucro y centros hospitalarios que tenía vigencia, hasta el 31 de octubre de 2020.
En su caso, los sujetos pasivos deberán rectificar el IVA repercutido o satisfecho con anterioridad a la entrada en vigor de este Real Decreto-ley.
En adición sobre esta cuestión señalar que la Decisión (UE) 2020/1573 de la Comisión, de 28 de octubre de 2020, modificó la Decisión (UE) 2020/491 y extendió hasta el 30 de abril de 2021 la exención de derechos de aduana e IVA para la importación de mercancías necesarias para combatir la pandemia.
- Tipo 4%: Se rebaja desde la entrada en vigor de esta norma y hasta el 31 de diciembre de 2021, del 21 al 4%, el tipo impositivo del IVA aplicable a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de mascarillas quirúrgicas desechables cuyos destinatarios sean distintos de aquellos a los que se aplica el tipo 0%.
- Tipo 0%: Se amplía hasta el 30 de abril de 2021 la aplicación de un tipo del 0% del Impuesto sobre el Valor Añadido a las entregas interiores, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de material sanitario para combatir la COVID-19, cuyos destinatarios sean entidades públicas, sin ánimo de lucro y centros hospitalarios que tenía vigencia, hasta el 31 de octubre de 2020.