Novedades tributarias contenidas en el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2019
En el proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2019 se incluyen una serie de medidas tributarias que afectan a una serie de impuestos. A continuación, describimos como afectan estas medidas a los impuestos siguientes:
Impuesto sobre Sociedades
Con efectos para los periodos impositivos que se inicien a partir de 1 de enero de 2019 que no hayan finalizado con la entrada en vigor de esta ley se introducen las novedades siguientes:
- Se establece una limitación al 95% de la exención sobre dividendos y rentas positivas derivadas de la transmisión de valores representativos de los fondos propios de entidades residentes y no residentes en territorio español.
- Se establece que no se eliminarán los dividendos internos ni las rentas derivadas de la transmisión respecto de una entidad del grupo fiscal a la que sea de aplicación la exención sobre dividendos y rentas derivadas de la transmisión de valores representativos de los fondos propios de entidades residentes y no residentes en territorio español.
- Se incluye un régimen de tributación mínima que establece que la cuota líquida (cuota íntegra – bonificaciones y deducciones) no podrá ser inferior al resultado de aplicar el 15% a la base imponible positiva, para los casos siguientes:
- Contribuyentes cuyo importe neto de la cifra de negocios sea al menos de 20 millones de euros durante los 12 meses anteriores al inicio del periodo impositivo.
- Contribuyentes que tributen en régimen de consolidación fiscal.
- Se establece que el tipo de gravamen para las entidades cuyo importe neto de la cifra de negocios del período impositivo anterior sea inferior a 1 millón de euros será del 23%.
- Se modifica la forma de calcular la cuantía del pago fraccionado determinado en función del resultado. Se establece que será el resultado de aplicar a la base el porcentaje que resulte de multiplicar por 19/20 el tipo de gravamen redondeado por exceso. Por lo tanto, el pago fraccionado será del 24% y 29% en función de si el tipo impositivo aplicable es el 25% o 30%.
- Se incrementa el pago fraccionado mínimo hasta el 24% del resultado contable para las entidades cuyo importe neto de la cifra de negocios en los doce meses anteriores al inicio del periodo impositivo sea, al menos, de 10.000.000 euros.
- Se establece una nueva deducción para el fomento de la igualdad de genero para las entidades que incrementen el número de mujeres en su Consejo de Administración cuando se cumplan una serie de requisitos.
Impuesto sobre el Valor Añadido
Con efectos desde la entrada en vigor de esta ley, se reducen los tipos impositivos aplicables a los siguientes productos:
- Los productos de higiene femenina (compresas, tampones y protege slips) pasan a tributar al tipo impositivo del 4%.
- Los servicios de asistencia veterinaria pasan a tributar al tipo impositivo del 10%.
- Los libros, periódicos y revistas, incluso cuando tengan la consideración de servicios prestados por vía electrónica, pasan a tributar al tipo impositivo del 4%.
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Con efectos desde la entrada en vigor de la Ley se introducirán medidas para incrementar la tributación de forma que:
- Se modifica la escala general del impuesto de manera que los contribuyentes cuya base liquida exceda de 130.000 euros pasaran a tributar dos puntos porcentuales más, y cuatro puntos a partir de 300.000 euros.
- Se introduce un nuevo tramo en la escala del ahorro del 27% para los contribuyentes que superen 140.000 euros. Hay que recordar que esta escala es aplicable a rendimientos del capital y a ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión de bienes.
- Se introduce modificaciones en la escala de retenciones e ingresos a cuenta aplicable a los perceptores de rendimientos del trabajo.
- Se aumentan los tipos de gravamen aplicables a los trabajadores desplazados a territorio español de manera que el tipo aplicable será del 49% cuando la base liquidable exceda de 600.000 euros y el 27% el tramo del ahorro cuando se exceda de 140.000 euros.
Impuesto sobre el Patrimonio
Con efectos desde la entrada en vigor de esta ley, se eleva el tipo de gravamen aplicable al último tramo de la tabla de manera que el tipo impositivo aplicable será del 3,5% cuando la base liquidable exceda de 10.695.996,06 euros.
En este resumen se encuentran las principales novedades que introduce el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2019 en el ámbito tributario. No obstante, este Proyecto de Ley se encuentra en tramitación pudiendo ser modificado o no aprobado en sede parlamentaria, por lo que les informaremos sobre posibles novedades al respecto.