Medidas tributarias para 2021 en tramitación
El pasado 28 de octubre se presentó a las Cortes Generales el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado (PrLPGE) de 2021, que se halla actualmente en tramitación.
El Proyecto de Ley de Presupuestos para 2021 recoge una serie de medidas que, según resulta de la exposición de motivos, busca un sistema tributario más justo y progresivo, aumentando la contribución de las rentas más altas y las multinacionales. Estas medidas se refieren principalmente a:
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Los cambios previstos para el IRPF serían los siguientes:
- Aumento en dos puntos el porcentaje de tributación de la base general para rentas superiores a 300.000 euros, pasando el tipo marginal a ser del 47% (ahora 45%), por lo que dependiendo de la comunidad autónoma podría llegar hasta el 50%.
- Incremento en el tipo de gravamen aplicable a la base liquidable del ahorro (intereses, dividendos, ganancias patrimoniales …) para aquellas rentas que superen los 200.000 euros, que pasa a ser del 23% al 26%. Para las rentas inferiores a este importe, no se modifica la tributación.
- Limitación la reducción por aportación a planes de pensiones de 8.000 euros a 2.000 euros anuales. No obstante, el límite conjunto entre aportaciones del participe y de la empresa se amplía a 10.000 euros.
- En cuanto a los módulos, se prorrogan los límites vigentes.
Impuesto sobre Sociedades
En los nuevos presupuestos se pretende reducir del 100% al 95% la exención por plusvalías y dividendos generados por filiales. No obstante, aquellas compañías con volumen de negocio inferior a 40 millones podrían seguir aplicando la exención total por dividendos para los próximos 3 años.
También se limita la deducción para eliminación de la doble imposición internacional en los dividendos o participaciones en beneficios y en las rentas derivadas de la transmisión de las participaciones en el capital o en los fondos propios de entidades cuyo valor de adquisición sea superior a 20 millones de euros, requiriendo que haya un porcentaje de participación significativo del 5% y regulándose un régimen transitorio por un periodo de 5 años.
Finalmente, se modifica la regulación de la limitación en la deducibilidad de los gastos financieros suprimiendo la adición al beneficio operativo de los ingresos financieros de participaciones en instrumentos de patrimonio que se correspondan con dividendos cuando el valor de adquisición de éstas sea superior a 20 millones de euros.
Impuesto sobre el Patrimonio
El presupuesto propone incrementar el gravamen a las fortunas más elevadas del 2,50% al 3,50%. No obstante, en tanto este impuesto está cedido a las Comunidades Autónomas, será potestad de éstas establecer el tipo aplicable en cada caso.
Además, se contempla que el Impuesto sobre Patrimonio tenga carácter de indefinido sin ser necesario su prórroga anual mediante ley, como se venía aprobando hasta ahora.
Impuesto sobre el Valor Añadido
El Proyecto de Ley aumenta la tributación del IVA del 10% al 21% a las bebidas azucaradas y edulcoradas con la finalidad de implementar hábitos más saludables. No obstante, este incremento parece que solo se repercutirá a la venta de los supermercados y no en el consumo de bares y restaurantes, para no perjudicar más a este sector.
También se modifica la regla especial de localización en el territorio de aplicación del IVA a determinadas prestaciones de servicios a no comunitarios, que su utilización o explotación efectiva se lleve a cabo en el territorio de aplicación del IVA español. En este sentido, se excluye de nuevo a su aplicación a las Islas Canarias, Ceuta y Melilla, redacción que se venía dando antes del año 2014 y que fue modificada, para ahora volver a la redacción inicial.
Por último, como sucede con el IRPF, también se prorroga la aplicación de los límites para el régimen simplificado y el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca, que pasaron de 150.000 a 250.000 euros.
Impuestos sobre Hidrocarburos
El PrLPGE pretende aumentar los tipos estatales del gasóleo para acercar la tributación del diésel a la gasolina.
Gravamen Primas de Seguros
El gravamen se incrementa del 6% al 8%.
Tipos de Interés
Para el año 2021, la LPGE mantiene el tipo de interés legal del dinero en el 3% y el de demora en el 3,75%.
IPREM
El indicador público de renta de efectos múltiples aumenta un 5% con un importe anual de 6.778,80 euros. En aquellos supuestos en que la referencia al salario mínimo interprofesional anual ha sido substituida por el IPREM, la cuantía se establece en 7.908,60 euros anuales, o 6.778,80 euros si se excluyen las pagas extraordinarias.
Entrada en vigor
La entrada en vigor de la ley se producirá al siguiente de su publicación en el BOE , sin perjuicio de las distintas medidas temporales que contemplan algunos apartados concretos.
Otras medidas fiscales no recogidas en el Proyecto de LPGE
Además, se están gestionando medidas incluidas en el Proyecto de Ley de Prevención y Lucha contra el Fraude, en las que, entre otras, se pretende:
- Establecer el valor de referencia de los inmuebles que se fijará por catastro a los efectos de la tributación de Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, Impuesto sobre el Patrimonio e Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
- Modificar la limitación del pago en efectivo que pasaría a ser de 1.000 euros en determinados casos,
- Controlar las criptomonedas mediante nuevas declaraciones y su inclusión en el Modelo 720 cuando las mismas se hallen en el extranjero.
- Aumentar el control sobre las SICAV y modificar el régimen de las SOCIMIs, sometiendo a un gravamen del 15% los beneficios no distribuidos a sus socios.
- Prohibir las amnistías fiscales.
- Crear un nuevo régimen de transparencia fiscal internacional
- Modificar la imposición de salida “exit tax”.
- Prohibir el software de doble uso, que permite dobles contabilidades.
Ante la más que probable modificación de las normas expuestas y el incremento de tributación de cara al próximo año, es preciso analizar si es necesario tomar medidas antes de la finalización de 2020 con el fin de minimizar su impacto.