Medidas fiscales aprobadas por la Ley de Presupuestos
La Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2015 (LPGE) ha recogido, entre otras medidas, algunas de contenido fiscal:
1.Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Con efectos para la declaración de IRPF de 2014 se regula la compensación fiscal por percepción de rendimientos del capital mobiliario con período de generación superior a dos años a los contribuyentes que perciban un capital diferido derivado de un contrato de seguro de vida o invalidez generador de rendimientos del capital mobiliario contratado con anterioridad a 20 de enero de 2006, y a los contribuyentes que perciban rendimientos obtenidos por la cesión a terceros de capitales propios procedentes de instrumentos financieros contratados con anterioridad a 20 de enero de 2006.
2.Impuesto sobre Sociedades.
Con efectos desde el 1 de enero de 2016 se modifica la reciente Ley 27/2014, de 27 de noviembre, con una corrección en cuanto al porcentaje del límite en la compensación de bases imponibles negativas y activos por impuesto diferido que será del 60% y no del 70%.
3.Impuesto sobre el Patrimonio.
La LPGE mantiene la vigencia del Impuesto sobre el Patrimonio con efectos 2015. No obstante, la norma establece que a partir de 2016 la cuota íntegra del impuesto estará bonificada en un 100 por ciento, de forma que no resultará tributación.
4.Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
Se establece la exención de todas las operaciones sujetas a gravamen en la modalidad de operaciones societarias para los fondos de capital riesgo.
5.Tasas.
Se elevan, con carácter general, al 1% los tipos de cuantía fija de las tasas de la Hacienda estatal, excepto las que se hayan creado o actualizado específicamente por normas dictadas en el año 2014, y se ajustan las tasas exigibles por la Jefatura Central de Tráfico.
No obstante, se mantiene la cuantía de la tasa de regularización catastral y los tipos y cuantías fijas establecidas para las tasas que gravan los juegos de suerte, envite o azar, en los importes exigibles durante 2014.
6.Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
La LPGE establece diferentes coeficientes de actualización de valores catastrales en función del año de entrada en vigor de los valores catastrales derivados de procedimientos de valoración colectiva.
Además, con efectos desde 1 de enero de 2015 y vigencia indefinida, la Dirección General del Catastro determinará la base liquidable del impuesto, salvo que el ayuntamiento comunique que la competencia será ejercida por él antes de que finalice el mes de febrero del año en el que asuma el ejercicio.
7.Coeficientes de actualización de valores catastrales.
Se amplía hasta el 31 de julio de 2015 el plazo de solicitud en función del año de entrada en vigor de la correspondiente ponencia de valores del municipio, a la Dirección General del Catastro de la aplicación de los coeficientes de actualización de valores catastrales.
8.Tipos de Interés.
Para el año 2015, la LPGE reduce el tipo de interés legal del dinero al 3,5% (4% en 2014) y el de demora al 4,375% (5% en 2014).
9.IPREM.
El salario mínimo interprofesional anual (que sirve de referencia para diversos impuestos) se vuelve a mantener para el ejercicio 2015, siendo de 7.455,14 euros anuales, o 6.390,13 euros si se excluyen las pagas extraordinarias.