Limitación de los despidos entre las medidas contenidas en el RD-Ley 6/2022
Conoce las nuevas medidas laborales y de la Seguridad Social introducidas en el nuevo Real Decreto-Ley 6/2022 de 29 de marzo por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.
El pasado 31 de marzo de 2022 entró en vigor el nuevo Real Decreto-Ley 6/2022 en el que el gobierno adopta nuevas medidas para hacer frente al impacto de la crisis generada por la guerra en Ucrania, la huelga de transportistas y la crisis de suministros existentes.
El plan movilizará 16.000 millones de euros, con 6.000 millones de euros en ayudas y rebajas fiscales y 10.000 millones en créditos ICO, y se organiza en cinco ejes: medidas para ayudar a las familias, trabajadores y personas desplazadas; para apoyar el tejido económico y empresarial; en materia de transportes; en materia de ciberseguridad y en materia de energía.
De este modo la norma, entre otras medidas socioeconómicas, regula nuevas medidas de apoyo a trabajadores y colectivos vulnerables y en concreto las siguientes:
Limitaciones a los despidos
Siendo que esta situación puede tener graves afectaciones y distorsiones económicas en el estado español, la norma viene a limitar el uso de los despidos motivados por la invasión de Ucrania o el aumento de los precios o costes energéticos.
En efecto, ya en la exposición de motivos, apartado III, viene a fijar la primacía del uso de los ERTEs para atender dicha situación de carácter coyuntural y extraordinaria, con el fin de proteger el empleo de manera suficiente, establecer una serie de medidas complementarias y extraordinarias que garanticen su efecto útil que no es otro que evitar la destrucción del empleo y del tejido empresarial ante una situación que podría tener efectos económicos y sociales imprevisibles.
En consiguiente se establecen las siguientes limitaciones a los despidos:
- Las empresas beneficiarias de las ayudas directas no podrán justificar despidos objetivos basados en el aumento de los costes energéticos, siendo tal limitación vigente hasta el 30 de junio de 2022. El incumplimiento de esta obligación conllevará el reintegro de la ayuda recibida.
- Las empresas que se acojan a las medidas de reducción de jornada o suspensión de contratos reguladas en el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores por causas relacionadas con la invasión de Ucrania y que se beneficien de apoyo público no podrán utilizar estas causas para realizar despidos.
Incremento del ingreso mínimo vital
También se prevé un incremento del importe del ingreso mínimo vital, de modo que los beneficiarios tendrán un incremento del 15% en las mensualidades de abril, mayo y junio de 2022.
Este incremento también será de aplicación, en los mismos términos, a las solicitudes de esta prestación que hayan sido presentadas a la fecha de la entrada en vigor del Real Decreto-ley, pero no hayan sido resueltas, así como a aquellas que se presenten con posterioridad, siempre que los efectos de su reconocimiento no sean posteriores a 1 de junio de 2022.
Otras medidas
Se permite la prolongación voluntaria de los contratos temporales y extensión de las autorizaciones de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena, de los tripulantes ucranianos enrolados en buques mercantes de bandera española, por el periodo necesario y hasta una duración de 12 meses. Será suficiente con la mera comunicación por parte de la empresa naviera.
Finalmente también se prevé que las empresas con trabajadores en alta en el Régimen General de la Seguridad Social que desarrollen su actividad en el sector del transporte urbano y por carretera (CNAE 4931, 4932, 4939, 4941 y 4942), así como las empresas incluidas en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, siempre que se encuentren al corriente en sus obligaciones con la Seguridad Social y no tuvieran otro aplazamiento en vigor, podrán solicitar un aplazamiento en el pago de las cuotas de la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta cuyo devengo tenga lugar entre los meses de abril a julio de 2022.
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