Nueva guía para facilitar la transparencia en el uso de algoritmos en el ámbito laboral y puesta en marcha del algoritmo Max para perseguir la realización fraudulenta de horas extras
El Gobierno, mediante el impulso de la ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha publicado una guía práctica y la herramienta sobre la obligación empresarial de información del uso de algoritmos en el ámbito laboral. También se ha anunciado la próxima novedad en la lucha contra el fraude: el algoritmo Max.
Cada vez es más habitual que las empresas usen algoritmos o sistemas de inteligencia artificial para tomar decisiones de forma automatizada que afectan a las personas trabajadoras en materia de contrataciones, determinación de horarios, evaluación de rendimiento, control de productividad, ascensos, despidos, etc.
Estos métodos, en ocasiones, pueden ser desconocidos por las propias personas trabajadoras o candidatas a un puesto de trabajo, pudiendo considerar que dichas decisiones son tomadas por personas humanas.
Cabe considerar por tanto que, la proliferación del uso de tecnología inteligente y sistemas de decisión automatizada, puede provocar riesgos para los derechos fundamentales de las personas trabajadoras. En este sentido, existe el riesgo de vulneración de derechos fundamentales de las personas a la privacidad (artículo 18.1 CE), protección de datos personales (artículo 18.4 CE), igualdad y no discriminación (artículo 14 CE) y seguridad y salud laboral (artículo 15 CE).
¿Cuál es la normativa vigente referente al uso de algoritmos y sistemas de inteligencia artificial en las empresas?
A estos efectos, la normativa vigente establece obligaciones empresariales de información con objeto de que las personas afectadas sepan que sus datos están siendo tratados de forma automatizada y que ciertos elementos de su relación laboral (contratación, condiciones laborales, despidos, etc.) dependen de un algoritmo.
Por este motivo, el Ministerio de Trabajo y Economía Social ha publicado una guía cuyo objetivo es reunir en un único documento las obligaciones y derechos existentes en materia de información algorítmica en el ordenamiento jurídico-laboral español. Esto es, de un lado, señalar las obligaciones de la empresa respecto a la información que debe facilitar a la representación legal de la plantilla y a las propias personas trabajadoras; y, de otro lado, indicar qué información puede solicitar la representación legal de la plantilla y las propias personas trabajadoras de acuerdo con la normativa vigente. Asimismo, se analizan las obligaciones empresariales de negociación del algoritmo, auditoría y evaluación de impacto.
Del mismo modo, la guía incluye una herramienta que pretende concretar y sistematizar las obligaciones de información ante el uso de algoritmos y sistemas de decisión automatizada en el ámbito laboral.
Esta herramienta se centra en 4 epígrafes: información general, información sobre la lógica y funcionamiento, información sobre las consecuencias y otra información relevante. Cada epígrafe consta de una serie de preguntas como por ejemplo: qué tipo de tecnología utiliza el algoritmo, quién lo ha desarrollado, con qué decisiones, si hay personas en este proceso de decisión y en qué medida participan, qué datos de entrenamiento se han utilizado o si se ha informado a la persona candidata del uso de algoritmos.
Se puede apreciar, por tanto, que el proceso de planificación y construcción de un sistema de decisión automatizada está sujeto a muchas decisiones de diseño y de cada una de ellas dependerá el sistema final resultante. Mediante la información y el uso de la herramienta se podrá combatir la denominada “discriminación algorítmica” que reproduce los patrones clásicos de discriminación.
En este marco, es deseo y responsabilidad del Gobierno poner los avances tecnológicos al servicio de las mayorías sociales y de la justicia social mediante la innovación y el ofrecimiento de protección y estabilidad a las personas trabajadoras.
Al fin y al cabo, en un contexto en el que el uso de algoritmos es cada vez más habitual en el ámbito empresarial para tomar decisiones de forma automatizada y con la certeza de que este hecho puede poner en riesgo los derechos fundamentales de las personas trabajadoras, el Ministerio de Trabajo y Economía Social quiere hacer de la regulación algorítmica una realidad para minimizar la desigualdad y la precariedad que se puedan derivar del uso de las tecnologías.
El Algoritmo Max
En este sentido, ya se ha anunciado que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) está perfilando el algoritmo Max para combatir tanto el exceso de horas extras, como las horas extras realizadas y no remuneradas.
Según fuentes de la ITSS el algoritmo Max se nutrirá de información por diversas vías; por un lado, cruzará datos de manera automática para buscar discrepancias o incoherencias (por ejemplo, podrá rastrear en los registros horarios que algunas empresas tienen informatizados); por otro lado, la regla algorítmica también permitirá obtener indicios en función de una serie de variables, como el tamaño de la plantilla, la cifra de negocio o el volumen, de forma que puedan aportar datos de horas extras no declaradas.
Por ejemplo, si una empresa produce o factura mucho más de lo que debería según el volumen de su plantilla, el algoritmo Max pondrá en alerta a la Inspección de Trabajo, quien evaluará y llevará a cabo labores inspectoras para detectar el posible fraude. Cuando se hallen situaciones claramente fraudulentas, la ITSS enviará directamente un acta automatizada a las compañías tal y como se está haciendo actualmente en el marco de las campañas de personas trabajadoras del hogar o de contratación temporal fraudulenta.
Cabe recordar que en el tejido productivo español se realizan cada semana 6,6 millones de horas fuera de la jornada laboral y un 44% no se remuneran, según los datos recopilados en la última Encuesta de Población Activa (EPA). Es por esta realidad que actualmente el algoritmo ya se encuentra en fase de prueba, llevándose a cabo experiencias piloto en empresas.
Desde el departamento de gestión laboral de AddVANTE quedamos a su disposición para ampliar esta información o resolver cualquier duda que pudiera surgir relacionada con este artículo.