Aumenta el importe del Pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades
El pasado viernes el Consejo de Ministros aprobó las medidas que comportan que las empresas con una cifra de negocios superior a 10 millones de euros deban realizar un mayor pago fraccionado ya este mes de octubre.
Con el objeto de adelantar la recaudación derivada del Impuesto sobre Sociedades, el pasado viernes se aprobó el Real Decreto-ley 2/2016, de 30 de septiembre, por el que se introducen medidas tributarias dirigidas a la reducción del déficit público y con entrada en vigor el mismo viernes pasado.
El nuevo régimen, que afecta a los periodos impositivos iniciados desde 1 de enero de este año, únicamente afecta a los contribuyentes que en los 12 meses anteriores al inicio de su periodo impositivo hayan obtenido una cifra de negocios de, al menos, 10 millones de euros, así como a las entidades de crédito y a las que se dediquen la explotación de yacimientos de hidrocarburos.
El objetivo recaudatorio concreta en la fijación de un mínimo a ingresar en el pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades y afecta a los aspectos siguientes:
- El porcentaje para el calcular del pago fraccionado para las empresas que tributan al tipo del 25% será del 24% (antes 17%) de la base del período.
- El importe mínimo a ingresar es del 23 por ciento del resultado contable positivo, minorado en los pagos fraccionados realizados en el mismo ejercicio. Por su parte, las entidades de crédito y las que se dediquen a la explotación de yacimientos de hidrocarburos estarán sujetas a un mínimo del 25 por ciento.Para calcular esta cuota mínima, queda excluido del resultado positivo el importe correspondiente a rentas derivadas de operaciones de quita o espera consecuencia de un acuerdo con los acreedores, así como operaciones de aumento de capital o fondos propios por compensación de créditos que no se integren en la base imponible.Las entidades parcialmente exentas, a efectos de este mínimo, tomarán como resultado únicamente el correspondiente a rentas no exentas. Así como para las entidades que prestan servicios públicos locales solo aplicarán el mínimo sobre las rentas no bonificadas.
Conforme a lo expuesto, no se produce modificación alguna para las empresas que vienen realizando sus pagos fraccionados en base a la cuota de la última declaración del Impuesto sobre Sociedades, que mantienen un porcentaje del 18%. Tampoco se producen cambios para las empresas con un volumen de operaciones inferior a 10 millones de euros que tributen partiendo de la base imponible del propio ejercicio, que continuarán aplicando el 17%.
Notar que estas medidas son aplicables de forma inmediata, afectando al pago fraccionado correspondiente al mes de octubre, cuyo plazo de presentación finaliza el próximo día 20.